Ángel Ron, junto a su abogado, en la Audiencia Nacional.

Ángel Ron, junto a su abogado, en la Audiencia Nacional. Europa Press

Banca CASO POPULAR

El juez reitera que Ángel Ron debe ir a juicio por la quiebra del Popular: "Era el máximo responsable del banco"

El magistrado José Luis Calama le reprocha que impulsara la ampliación de capital de 2016 "con un déficit de gobernanza notable".

6 mayo, 2024 14:01

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama reitera que Ángel Ron debe ir a juicio por la quiebra del Banco Popular.

En un duro auto, fechado este lunes, el magistrado subraya que el directivo "no tenía sólo una función representativa". "[Ángel Ron] era el máximo responsable de la administración de Banco Popular, nada menos que presidente de su Consejo de Administración; era presidente ejecutivo y presidía también la comisión delegada del Consejo", reza la resolución.

De esta forma, y con el vistobueno de la Fiscalía Anticorrupción, Calama rechaza el recurso presentado por la defensa de Ron, que se oponía a que fuese juzgado por la quiebra del Popular, ocurrida en 2017, tras una ampliación de capital por valor de más de 2.500 millones de euros convocada en 2016.

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De hecho, el magistrado, titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional, señala que Ron "impulsó" dicha ampliación de capital y "permitió que se aprobara, con un déficit de gobernanza notable y sin explicar mínimamente las bases de cálculo de los 2.506 millones de la ampliación".

Calama insiste en que el investigado habría alterado de forma "premeditada" las cifras del banco para maquillar sus cuentas y así atraer a los inversores a dicha ampliación de capital.

El Banco de España

Como ya hiciera en el auto en el que propuso juzgarle, el magistrado insiste en atribuir la responsabilidad a Ron. "Ampararse en la denominada supervisión prudencial no puede conllevar la impunidad de los incumplimientos legales, como una especie de taumaturgia sanadora de los mismos. De ser así, el sistema financiero quedaría sujeto a una inseguridad jurídica y se desmoronaría como un castillo de naipes".

La resolución reprocha a Ángel Ron que, en su recurso, apunte al exgobernador del Banco de España (BdE) Luis María Linde como el máximo exponente de la supervisión de las entidades financieras del país.

"El recurrente no puede pretender transferir su responsabilidad por los incumplimientos legales al supervisor. Ésa es su responsabilidad y no del supervisor", afea el juez.

Sobre la alusión a Linde de su recurso, Calama indica que supone "afirmar que éste era el máximo exponente de la supervisión supone desconocer que el Banco Popular, como entidad sistémica, desde el 4 de noviembre de 2014, estaba bajo la órbita supervisora del Banco Central Europeo. Era esta entidad, el Banco Central Europeo, la que decidía cómo y cuándo se supervisaba el Banco Popular.

Una oficina del Banco Popular, en una imagen de archivo.

Una oficina del Banco Popular, en una imagen de archivo. Reuters Reuters

Tal y como publicó EL ESPAÑOL-Invertia en 2019, los peritos del BdE concluyeron, en un análisis preliminar, que el origen de los problemas del Popular radicaba en que la ampliación de capitales del año 2016 se quedó corta y se hizo con información no veraz. En un análisis ampliatorio, señalaron que el verdadero detonante para la quiebra del banco fueron "tres episodios de fugas de depósitos" durante el segundo trimestre de 2017. Una vez el banco fue resuelto, ya con Emilio Saracho al frente, fue vendido al Santander (por un euro y una ampliación de capital posterior de 7.000 millones).

"Déficit de gobernanza"

En su recurso contra la decisión del juez de mandar a Ron a juicio, la defensa del banquero subrayaba la "ausencia de todo indicio de actuación delictiva" en la gestión del directivo del Banco Popular. 

Por contra, Calama reitera que existen "hechos incriminatorios clarísimos" en contra de Ron y que justificarían que se siente en el banquillo de los acusados. Por ejemplo, el magistrado "intervino en el diseño" de la ampliación de capital de 2016, "determinando que la cantidad que se iba a pedir al mercado fuese de 2.506 millones de euros".

"Permitió que se aprobara la ampliación de capital sin poner a disposición de los consejeros un estudio detallado que explicara de dónde venía la necesidad de ampliar capital por ese importe, y no por más o por menos. (...) Ese consejo fue una manifestación clara de déficit de gobernanza y, a nuestro juicio, adoleció de información y de debate", expone el auto que rechaza el recurso de la defensa de Ron.

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"Con una clara vocación ejecutiva, lideró la ampliación de capital del año 2016", expone el juez, que cita el reglamento de la Autoridad Bancaria Europea (EBA) para concluir que el cargo que Ron tenía entonces "no es una figura ornamental o meramente representativa", sino el máximo responsable de la administración del banco.

Por todo ello, Calama concluye que existieron "importantes alteraciones" de la contabilidad del Banco Popular que tendrían "naturaleza delictiva y que conllevaron la presunta estafa a los inversores que acudieron a la ampliación de capital del año 2016".